Decreto 631 de 1881 · Por el cual se abre un crédito suplemental al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1880 a 1881
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 1.° Abrese al Presupuesto nacional de Gastos para la vigencia de 1880 á 1881el siguiente crédito suplemental: Departamento de fomento. Cap. 81 Gastos varios. Art. 321.
Parágrafo 7
° Para los pagos que se hagan á los Estados de Bolívar y el Magdalena con un producto del derecho de internacion de sal marina, $ 65,618-40.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.