ARTICULO 4.3.1.15.- DIVISION DE SEGUIMIENTO DEL MERCADO. Corresponde a la División de Seguimiento del Mercado las siguientes funciones
Estructurar y mantener un sistema de seguimiento al mercado y evaluar periódicamente la evolución del mismo;
Realizar el seguimiento de las operaciones efectuadas en el mercado;
Informar al Superintendente Delegado para Promoción y Seguimiento del Mercado cualquier irregularidad en las operaciones realizadas en el mercado de valores o en la conducta de sus agentes;
Presentar informes periódicos sobre el comportamiento del mercado de valores;
Revisar que las operaciones que se realicen con los títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores, y no requieran autorización de oferta pública por parte de la Superintendencia de Valores, se ajusten a las disposiciones legales;
Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de esta dependencia.