Micelio

Artículo 1

El Impuesto Al Patrimonio Y La Sobretasa A Que Se Refieren Los Artículos 292-1, 293-1, 294-1, 296-1, 298-3 Y 298-4 Del Estatuto Tributario Y Los Artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 9° Y 10 Del Decreto Legislativo 4825 De 2010, Podrán Ser Amortizados Contra La Cuenta De Revalorización Del Patrimonio O Contra Resultados Del Ejercicio Durante Los Años 2011, 2012, 2013 Y 2014 Y En Ningún Caso El Valor Cancelado Será Deducible O Descontable En El Impuesto Sobre La Renta

Decreto 859 de 2011 · por el cual se reglamentan los artículos 292-1, 293- 1, 294-1, 296-1, 298-3 y 298-4 del Estatuto Tributario y los artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 9° y 10 del Decreto Legislativo 4825 de 2010.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El impuesto al patrimonio y la sobretasa a que se refieren los artículos 292-1, 293-1, 294-1, 296-1, 298-3 y 298-4 del Estatuto Tributario y los artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 9° y 10 del Decreto Legislativo 4825 de 2010, podrán ser amortizados contra la cuenta de revalorización del patrimonio o contra resultados del ejercicio durante los años 2011, 2012, 2013 y 2014 y en ningún caso el valor cancelado será deducible o descontable en el impuesto sobre la renta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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