°. En atención a que el Gobierno Nacional tiene necesidad de financiar leyes de gastos fijos e imprescindibles dictados por el Congreso de 1951, con posterioridad a la Ley, del mismo año, sobre Presupuesto de Rentas y Gastos, suspéndense los efectos del artículo 9° de la Ley 2ª de 1951 (artículo undécimo del Decreto número 2624 de 1951 sobre liquidación del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1952).
Decreto 394 de 1952 →Vigente
Artículo 1
En Atención A Que El Gobierno Nacional Tiene Necesidad De Financiar Leyes De Gastos Fijos E Imprescindibles Dictados Por El Congreso De 1951, Con Posterioridad A La Ley, Del Mismo Año, Sobre Presupuesto De Rentas Y Gastos, Suspéndense Los Efectos Del Artículo 9° De La Ley 2ª De 1951 (Artículo Undécimo Del Decreto Número 2624 De 1951 Sobre Liquidación Del Presupuesto Para La Vigencia Fiscal De 1952)
Decreto 394 de 1952 · Por el cual se suspenden unas disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.