Micelio

Artículo 9

Salida De Donaciones Internacionales Con Fines Humanitarios A Terceros Países

Decreto 218 de 2019 · Por el cual se regula las donaciones internacionales de productos de uso humano con fines sociales y humanitarios y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Salida de donaciones internacionales con fines humanitarios a terceros países. Las donaciones internacionales con fines humanitarios que salen del territorio nacional y que requieran ser entregadas de manera ágil a los destinatarios podrán ser objeto de exportación y/o reexportación por la modalidad de entrega urgente. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales establecerá el procedimiento para la realización de dicha operación. En este caso, la exportación y/o reexportación no estará sujeta a la autorización y visto bueno por parte del Invima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 218 de 2019