Micelio

Artículo 43

Selección Objetiva

Decreto 1310 de 1994 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta Ltda. Telesantamarta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Selección objetiva. Es objetiva la selección imparcial en la cual la escogencia se hace al ofrecimiento más favorable a la empresa y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva. Ofrecimiento más favorable es aquel, que teniendo en cuenta los factores de escogencia, tales como cumplimiento, experiencia, organización y equipos, plazo y precios y la ponderación precisa, detallada y concreta de los mismos, contenida en el Programa de Concurso o en el análisis previo a la suscripción del contrato, si se trata de contratación directa, resulta ser el más ventajoso para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos, o se fundamente exclusivamente en alguno de ellos o en la sola y simple consideración del más bajo precio o menor plazo ofrecido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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