Micelio

Artículo 3

Decreto 514 de 1905 · Por el cual se reorganiza el Ejercito de la Republica y se dicta varias disposiciones referentes al Ramo de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3°. El Estado Mayor general, de conformidad con el Presupuesto de Gastos vigente y con las asignaciones en él señaladas, tendrá el personal siguiente: Un General Jefe, que puede ser del empleo de General en Jefe ó de General de División; Un General primer Ayudante general; Dos primeros Ayudantes generales; Un primer Ayudante general, Secretario del Estado Mayor general; Dos primeros Ayudantes Archiveros. Un Corneta de Ordenes; Un Conserje; Un Inspector general del Ejército; Cuatro Generales Jefes de mesa; Cuatro Generales ó Coroneles Subjefes de mesa; Cuatro Capitanes primeros Adjuntos; Cuatro Tenientes segundos Adjuntos; Cuatro Subtenientes terceros Adjuntos; y Cuatro Sargentos primeros Ordenanzas;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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