Micelio

Artículo 1

Decreto 217 de 1958 · por el cual se cede un inmueble nacional al Departamento de Nariño, y se da una autorización al Ministro de Obras Públicas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Cédese al Departamento de Nariño, con destino al funcionamiento de un Hotel de Turismo, el edificio de dos plantas, de construcción de madera, situado en el costado norte de la Isla del Morro en Tumaco, que ocupó la "Compañía Constructora Frederic Snare", y que se deslinda así: Por el Norte, tierras del Morro, en 33.50 metros; Por el Occidente, con el Océano Pacífico, playa de por medio en longitud de 50 metros; Por el Sur, con tierras del Morro, en extensión de 33.50 metros, y Por el Oriente, con tierras del Morro, patio de por medio, en longitud de 50 metros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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