Cualquier ciudadano podar denunciar ante el Superintendente las irregularidades y violaciones legales en que incurran las Sociedades Anónimas y solicitar su disolución o retiro de la bolsa cuando pruebe que han caído en cualquiera de las causales que autorizan tales sanciones.
Ley 58 de 1931 →Vigente
Artículo 21
Ley 58 de 1931 · Por la cual se crea la Superintendencia de Sociedades Anónimas y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.