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Artículo 2

Adiciónase Un Artículo Al Decreto Número 2676 Del 29 De Julio De 2011, El Cual Dispone: Artículo 2a

Decreto 15 de 2012 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 2676 del 29 de julio de 2011.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adiciónase un artículo al Decreto número 2676 del 29 de julio de 2011, el cual dispone: Artículo 2A. En relación con los cupos de importación otorgados por Colombia a México a los que se refiere la Sección A del Anexo 4 artículo 5-04 Bis, y para efectos de seguimiento y control del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural sobre su utilización, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) controlará y verificará el monto de los mismos y la preferencia aplicada, informando permanentemente de ello al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante los reportes correspondientes. Cuando los contingentes alcancen los límites establecidos en el Acuerdo, la DIAN suspenderá de manera automática la preferencia arancelaria otorgada dentro del contingente e informará inmediatamente al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 15 de 2012