Micelio

Artículo 9

Decreto 1627 de 1950 · por el cual se determinan los cargos, las funciones y las asignaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno. Corresponde a la Sección de Inmigración

a)

Tramitar y conceptuar sobre todo lo relacionado con la extensión o la prórroga de visas para la entrada de los extranjeros al país.

b)

Tramitar y conceptuar respecto a las solicitudes de devolución de depósitos de inmigración.

c)

Tramitar, previa consulta a la Sección de Extranjeros de la Policía Nacional, los cambios de profesión de los extranjeros inmigrantes residenciados en el país.

d)

Estudiar y dar curso a las solicitudes de naturalización de los extranjeros, así como a las referentes a la definición de nacionalidad o de simple inscripción, como colombiano que hagan los hispanoamericanos y brasileros por origen.

e)

Llevar los registros respectivos y la estadística correspondiente al movimiento de la Sección.

f)

Solicitar un informe mensual a la Sección de Extranjeros de la Policía Nacional sobre expulsión de extranjeros, y llevar un kárdex correspondiente con los antecedentes y causales de expulsión en cada caso.

g)

Rendir un informe mensual al Ministro sobre las visas de entrada concedidas con especificación del sexo, nacionalidad, profesión, edad y capital efectivo en Colombia del emigrante, y

h)

Llevar el archivo de la Sección,

Parágrafo

Los conceptos emitidos por los funcionarios de la Sección de Inmigración en materias, de visas, de cambio de profesión o de nacionalidad o permanencia en el país de extranjeros tienen carácter reservado y tan sólo podrán ser comunicados a los interesados mediante autorización expresa del Subsecretario Director del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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