El mayor valor del reconocimiento de las rentas propias sobre los cómputos presupuéstales iniciales, no podrá servir de recurso para la apertura de créditos adicionales.
No obstante, si después del mes de mayo, el reconocimiento de las rentas propias globalmente consideradas, evaluando los factores positivos y negativos de cada renta, permite establecer que excederán lo calculado en el presupuesto nacional, ese mayor valor podrá ser certificado y servir hasta un ochenta por ciento (80%) para la apertura de los créditos adicionales. La Dirección General del Presupuesto se abstendrá de aprobar adiciones presupuestales que no correspondan al cálculo global de rentas.
En caso de que existiere déficit presupuestal en la videncia fiscal anterior, el mayor productor de las rentas se destinará, en primer término a cancelarlo.