Micelio

Artículo 40

Ley 153 de 1896 · Sobre Montepío Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

También se privará del socorro del Montepío á las viudas, hijos, madre ó padre de militares, cuando estando en posesión del socorro obtengan pensión o recompensa del Tesoro por los servicios de éstos, en el caso del artículo 17; pero pueden hacer el cambio indicado en el mismo artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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