º. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica todas las disposiciones que le sean contrarias. Publíquesey cúmplase.
Decreto 244 de 2008 →Vigente
Artículo 2
Vigencia
Decreto 244 de 2008 · por el cual se modifica el literal a) del artículo 16 del Decreto 2570 de 2007 corregido por el Decreto 3242 de 2007 y modificado por el Decreto 4823 del 14 de diciembre de 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.