Micelio

Artículo 2

Habrá Lugar A La Suspensión De Tareas Aquí Ordenada Cuando Los Estudiantes O Profesores De Dichos Centros Promuevan O Realicen, En El Recinto De Éstos O En Lugares Públicos, Actos Que Atenten Contra El Orden Público O Dificulten Su Restablecimiento, Tales Como Paros Temporales O Indefinidos O Asambleas Que Impidan La Vida Académica Normal De Las Universidades Y Colegios; Actividades Extra-Académicas Que Conduzcan A Los Mismos Resultados; E Inciten O Participen En Manifestaciones Y Otros Actos Lesivos Del Orden Público, Especialmente Los Prohibidos Por La Legislación De Emergencia

Decreto 580 de 1971 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con el restablecimiento del orden público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2 Habrá lugar a la suspensión de tareas aquí ordenada cuando los estudiantes o profesores de dichos centros promuevan o realicen, en el recinto de éstos o en lugares públicos, actos que atenten contra el orden público o dificulten su restablecimiento, tales como paros temporales o indefinidos o asambleas que impidan la vida académica normal de las Universidades y Colegios; actividades extra-académicas que conduzcan a los mismos resultados; e inciten o participen en manifestaciones y otros actos lesivos del orden público, especialmente los prohibidos por la legislación de emergencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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