Micelio

Artículo 2

Ley 54 de 1963 · por la cual la Nación se asociación a la celebración de los IX Juegos Atléticos Deportivos Nacionales que se verificarán en la ciudad de Ibagué, y se destina un auxilio para este certamen.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación contribuirá con un auxilio de nueve millones de pesos ($ 9.000.000.00) para la celebración de los IX Juegos Atléticos Deportivos Nacionales, que serán entregados al Comité Organizador de dichos eventos, previo el lleno de los requisitos que imponga la Contraloría General de la República, en tres (3) cuotas de tres millones de pesos cada una ($ 3.000.000.00), y con cargo a los Presupuestos de 1962, 1963 y 1964, con el siguiente destino exclusivo:

a)

Construcción del Coliseo Cubierto, de la Piscina Olímpica, adiciones, mejoras y acondicionamiento del Estadio Municipal y demás obras que se consideren convenientes.

b)

Reformas de las vías de acceso a las construcciones señaladas en el ordinal anterior y urbanización de los terrenos aledaños a estas obras y al Estadio Municipal.

c)

Para la organización y realización de los Juegos.

Parágrafo

Las obras a que se refiere este artículo quedarán de propiedad del Municipio de Ibagué, una vez realizados los IX Juegos Atléticos Deportivos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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