Abrense al Presupuesto de Gastos del bienio de 1893 y 1894 los créditos adicionales siguientes:
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA.
CAPÍTULO 33
Juzgados de Circuito (Personal).
Panamá.
Artículo 163. Sueldos de los empleados de los Juzgados de Circuito de Panamá, en el bienio
capítulo 33 (bis).
Juzgados políticos de Panamá (Personal).
Artículo 163. (bis). Sueldos de los empleados de los Juzgados políticos del Departamento de Panamá, en el bienio.