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Artículo 17

Del Código De Aduanas Y Algunas Disposiciones Fiscales, Principiará Á Regir Tanto En Las Aduanas Como En Los Consulados De La República, Desde El 1º De Agosto Del Presente Año

Decreto 865 de 1902 · Sobre certificación de sobordos y facturas consulares y algunas disposiciones fiscales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 17 . El presente Decreto, que modifica el artículo 56 del Código de Aduanas y algunas disposiciones fiscales, principiará á regir tanto en las Aduanas como en los Consulados de la República, desde el 1º de Agosto del presente año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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