Art. 17 . El presente Decreto, que modifica el artículo 56 del Código de Aduanas y algunas disposiciones fiscales, principiará á regir tanto en las Aduanas como en los Consulados de la República, desde el 1º de Agosto del presente año.
Decreto 865 de 1902 →Vigente
Artículo 17
Del Código De Aduanas Y Algunas Disposiciones Fiscales, Principiará Á Regir Tanto En Las Aduanas Como En Los Consulados De La República, Desde El 1º De Agosto Del Presente Año
Decreto 865 de 1902 · Sobre certificación de sobordos y facturas consulares y algunas disposiciones fiscales
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
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