El Gobierno nacional en cabeza de las Entidades que les competa, deberán incluir en la rendición de cuentas que realiza anualmente al Congreso de la República, un capítulo especial sobre los avances en la implementación de la presente Ley, la identificación de emprendimientos femeninos en estado de Informalidad a nivel nacional y territorial y del comportamiento económico de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres.
Los resultados serán incluidos en el sistema de cuentas nacionales con el objeto de medir la contribución del emprendimiento de la mujer al desarrollo económico y social del país y como herramienta fundamental para la definición e implementación de políticas públicas.
El Departamento Nacional de Planeación, a través de sus facultades creará indicadores de medición de impactos para esta Ley, a fin de verificar y establecer los resultados de la misma.
INNpulsa Colombia diseñará los indicadores que se tendrán en cuenta para la evaluación de la política pública.