Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1875 de 1994 · por el cual se reglamenta el registro de los títulos en el área de la salud, expedidos por por las Instituciones de Educación superior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De los títulos y su registro. Los títulos expedidos por las Instituciones de Educación Superior en el área de la Salud se registrarán en la Secretaría de Salud del Departamento en donde está ubicada la institución formadora. Tal registro autoriza de manera automática el ejercicio respectivo en todo el territorio nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1875 de 1994