Micelio

Artículo 1

º El Artículo 1º Del Decreto 2109 De 1983, Quedará Así: "el Instituto Colombiano De La Reforma Agraria, Incora, Para El Efecto De Dotar De Tierras A Los Beneficiarios De La Amnistía, Lo Mismo Que A Las Gentes De Las Regiones Que Hayan Estado Sometidas A Acciones Subversivas O Enfrentamientos Armados De Qué Trata La Ley 35 1982, Podrá Adquirir En Cualquier Sector Del País, Tierras Y Mejoras Rurales De Propiedad Privada Que Resulten Necesarias Para Cumplir El Respectivo Programa"

Decreto 1094 de 1984 · Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2109 de 1983

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 1º del Decreto 2109 de 1983, quedará así: "El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, para el efecto de dotar de tierras a los beneficiarios de la amnistía, lo mismo que a las gentes de las regiones que hayan estado sometidas a acciones subversivas o enfrentamientos armados de qué trata la Ley 35 1982, podrá adquirir en cualquier sector del país, tierras y mejoras rurales de propiedad privada que resulten necesarias para cumplir el respectivo programa".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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