Micelio

Artículo 1

Decreto 991 de 1961 · Por el cual se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para expedir unos títulos de deuda Pública Interna, y se fijan las características de los mismos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Autorizar al Ministerio de hacienda y Crédito Público, para expedir a favor de la Empresa Colombiana de petróleos pagarés de Deuda Pública Interna hasta por la cantidad de cinco millones de pesos ($ 5.000.000.00) moneda legal, cuyo producto se destinará a financiar las obligaciones del Gobierno Nacional, en virtud de lo ordenado por las Leyes 15 de 1959 y 87 de 1960

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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