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Artículo 50

Agrupamiento Definitivo De Los Polos Tecnicos De Las Areas

Decreto 741 de 1993 · por el cual se reglamenta la telefonía móvil celular.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 50. AGRUPAMIENTO DEFINITIVO DE LOS POLOS TECNICOS DE LAS AREAS. Para la prestación del servicio de telefonía móvil celular habrá tres (3) áreas de cubrimiento, la Oriental, la Occidental y la de la Costa Atlántica, cada una con dos redes. La determinación del cubrimiento de cada una de ellas, dependerá de la distribución de frecuencias y de los polos técnicos correspondientes en la forma prevista en este Decreto. El Ministerio de Comunicaciones solicitará, que dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, las empresas operadoras del servicio de telefonía fija local, presenten sus observaciones al agrupamiento en él definido. El agrupamiento definitivo de las áreas con sus correspondientes polos técnicos se hará por el Gobierno Nacional mediante decreto, teniendo en cuenta los estudios técnicos y económicos que se presenten en la respectiva licitación, la agrupación prevista en el artículo anterior, las observaciones que presenten las empresas operadoras del servicio de telefonía fija local y el aprovechamiento de las economías de escala en beneficio del usuario final. En el evento de que el agrupamiento definitivo no varíe con respecto a lo establecido en el presente Decreto, no se requerirá expedir uno nuevo. El área Oriental estará conformada por los polos técnicos A # 1 y # 5, sus correspondientes polos técnicos tipo B, los municipios que le correspondan y las vías de interconexión terrestres y sus zonas rurales. El área Occidental estará conformada por los polos técnicos # 3 y # 4, sus correspondientes polos técnicos tipo B, sus municipios que le correspondan y las vías de interconexión terrestres y sus zonas rurales. El área de la Costa Atlántica estará conformada por el polo técnico # 2, sus correspondientes polos técnicos tipo B, sus municipios que le correspondan y las vías de interconexión terrestres y sus zonas rurales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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