Micelio

Artículo 4

El Pensum De Estudios De La Escuela Nacional Superior De Enfermeras Será Elaborado Por El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social Y Sometido, Para Su Aprobación, A La Universidad Nacional

Decreto 466 de 1943 · Por el cual se crea la Escuela Nacional Superior de Enfermeras

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4° El pensum de estudios de la Escuela Nacional Superior de Enfermeras será elaborado por el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social y sometido, para su aprobación, a la Universidad Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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