Micelio

Artículo 25

Adquisición De Acciones De Las Empresas

Decreto 1299 de 1994 · por el cual se dictan las normas para la emisión, redención y demás condiciones de los bonos pensionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adquisición de acciones de las empresas. Los bonos pensionales de los afiliados que hayan acumulado en sus cuentas individuales de ahorro pensional el capital necesario para obtener una pensión de vejez superior al 110% de la pensión mínima de vejez vigente, podrán ser destinados para la adquisición, en condiciones preferenciales, de acciones de empresas públicas. Toda colocación de acciones que realicen las empresas públicas, con destino a los particulares, deberá comunicarse a las sociedades administradoras de los fondos de pensiones, para que éstas a su vez, ofrezcan las acciones a los afiliados que reúnan las condiciones señaladas en el presente artículo. La empresa pública respectiva podrá aceptar como pago de las acciones el respectivo bono pensional. En tal caso, los administradores de los fondos representarán a los tenedores de los bonos pensionales, frente a los emisores de las acciones, previa autorización expresa del afiliado.

Parágrafo

Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, el 110% se calculará excluyendo el valor del bono pensional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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