Micelio

Artículo 29

Aplicación Y Vigencia De Los Derechos Antidumping

Decreto 991 de 1998 · por el cual se regula la aplicación de derechos “antidumping”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aplicación y vigencia de los derechos antidumping. Un derecho antidumping permanecerá vigente máximo durante cinco (5) años, a menos que persistan las causas que lo originaron. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, aplicará los derechos antidumping conforme a las disposiciones legales y a la resolución que imponga los derechos, así como a las normas de recaudo, constitución de garantías, procedimientos y demás materiales relacionados con los gravámenes arancelarios. En ningún caso las investigaciones que se adelanten obstaculizarán la introducción de la mercancía en el territorio nacional. Ningún producto importado podrá ser objeto simultáneamente de derchos antidumping y de derechos compensatorios, destinados a remediar una misma situación resultante del dumping o de las subvenciones. CAPITULO VI Manifestaciones de intención

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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