B . Funciones de la Subdirección de Gestión de Consulta Previa . Son funciones de la Subdirección de Gestión de Consulta Previa
Adelantar el desarrollo del proceso de consulta previa, mediante procedimientos definidos para el efecto, garantizando la participación de las comunidades étnicas a través de sus instituciones representativas, con el fin de proteger su integridad étnica y cultural.
Proponer las directrices, metodologías, protocolos y herramientas diferenciadas, para la asistencia técnica y la realización de la consulta previa.
Verificar antes del inicio de cualquier proceso de consulta previa, con las direcciones de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías y de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior, los registros actualizados de la representación legal de las autoridades de los grupos étnicos y conformación legítima de los espacios de concertación propios de cada uno de ellos.
Elaborar la programación de las reuniones de consulta previa que se deben ejecutar, para aprobación del Director de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa.
Apoyar a los actores en la construcción y cumplimiento de la ruta metodológica de la consulta previa, e informar al Director de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa en los eventos en que las partes no logren un acuerdo sobre los mismos.
Convocar a los diferentes actores a las reuniones de consulta previa y estudiar y autorizar las solicitudes de aplazamiento.
Llevar el registro de compromisos que hayan asumido los actores en desarrollo de los procesos de consulta previa e identificar los problemas y soluciones posibles.
Realizar seguimiento a los acuerdos alcanzados en los procesos de consulta previa, según los plazos y condiciones acordados para ello.
Coordinar y ejecutar los procesos de capacitación, asesoría y asistencia técnica en materia de consulta previa.
Suministrar la información que requiera la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa para el análisis del impacto económico y social de la consulta previa.
Actualizar el sistema de información de consulta previa a cargo de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa.
Actualizar el sistema de información relativo a comunidades étnicas a cargo de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa.
Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.