En la Oficina Central del ramo se abrirá a cada empleado de la Carrera Administrativa un expediente que contendrá todos los documentos relativos a su servicio. La persona que busque empleo en el servicio público y que haya servido anteriormente a una entidad pública, deberá presentar al Jefe de la Administración respectiva un extracto del expediente, certificado por el Jefe del ramo. El Jefe de la Oficina en que trabaja el empleado, si así lo dispone el Jefe de la Administración, con el fin de dejar constancia de hechos excepcionales, sean favorables o desfavorables, ocurridos en el curso del año a que se refiere el informe.
Durante el período de prueba, dicho informe deberá rendirse trimestralmente. CAPITULO VI De la pérdida de los derechos concedidos y de las Sanciones disciplinarias.