Micelio

Artículo 3

º

Decreto 226 de 1995 · por el cual se reglamenta la integración de la Asamblea Corporativa de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, Corpamag.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. MUNICIPIOS RIBEREÑOS . Para efectos de la integración de la Asamblea Corporativa, los siguientes son los municipios ribereños, cuyos representantes legales tienen asiento en la misma

1.

En el Departamento de Antioquia . Yondó, Puerto Berrío, Puerto Nare, Sonsón y Puerto Triunfo.

2.

En el Departamento de Atlántico : Barranquilla, Soledad, Malambo, Sabanagrande, Santo Tomás, Palmar de Varela, Ponedera, Campo de la Cruz, Suan, Santa Lucía, Manatí y Repelón;

3.

En el Departamento de Bolívar : Calamar, El Guamo, San Juan Nepomuceno, Zambrano, Córdoba, Magangué, Pinillos, San Martín de Loba, Barranco de Loba, Margarita, San Fernando, Mompós, Talalgua Nuevo, Río Viejo, Morales, Simití, San Pablo, Achí, Soplaviento, San Estanislao, Mahates. Arjona, María La Baja, Turbaná y Cartagena.

4.

En el Departamento de Boyacá : el municipio de Puerto Boyacá.

5.

En el Departamento de Caldas : los municipios de La Dorada y Victoria.

6.

En el Departamento de Cesar: Gamarra, La Gloria, Tamalameque y Aguachica.

7.

En el Departamento de Cundinamarca : Ricaurte, Girardot, Nariño, Guataquí, Beltrán, San Juan de Rioseco, Chaguaní, Guaduas y Puerto Salgar.

8.

En el Departamento del Huila : San Agustín, Pitalito, Elías, Altamira, Garzón, Gigante, Hobo, Campo Alegre, Rivera, Neiva, Tello, Villavieja, Isnos, Saladoblanco, Oporapa, Tarqui, Pital, Agrado, Tesalia, Yaguará, Palermo, Aipe, Timaná y Paicol.

9.

En el Departamento de Magdalena : Sitio Nuevo, Remolino, Salamina, El Piñón, Cerro de San Antonio, Pedraza, Tenerife, Plato, Santa Ana, San Zenón, San Sebastián de Buenavista, Guamal y El Banco.

10.

En el Departamento de Santander : Bolívar, Cimitarra, Puerto Parra, Barrancabermeja, y Puerto Wilches.

11.

En el Departamento del Tolima : Natagaima, Prado, Purificación, Suárez, Coyaima, Guamo, Espinal, Flandes, Coello, Piedras, Venadillo, Ambalema, Armero (Guayabal) y Honda.

12.

En el Departamento de Cauca : el municipio de San Sebastián.

13.

En el Departamento de Sucre : los municipios de Majagual, Guaranda, San Onofre y Sucre.

Parágrafo

En la medida en que se creen nuevos municipios ribereños, previa certificación de su condición de tales por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, se entenderán incorporados a la Asamblea Corporativa de Cormagdalena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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