Artículo único. Modificase la leyenda del Capítulo 525, articulo 5276 del Presupuesto vigente, la cual quedará así; "Para administración, construcción, conservación y demás gastos de las obras de Bocas de Ceniza." Comuníquese y publíquese.
Decreto 1456 de 1956 →Vigente
Artículo 5276
Del Presupuesto Vigente, La Cual Quedará Así; "para Administración, Construcción, Conservación Y Demás Gastos De Las Obras De Bocas De Ceniza
Decreto 1456 de 1956 · Por el cual se modifica la leyenda de un artículo del Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas - Ramo de Navegación y Puertos)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.