Micelio

Artículo 5

Ley 2548 de 2025 · por medio de la cual se modifica parcialmente la Ley 1505 de 2012 en lo que respecta a los estímulos para voluntarios. - Ley de Voluntarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional, en coordinación con las entidades del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta, establecerá la reglamentación para determinar los requisitos de la certificación para el acceso a los beneficios de la presente ley, basados en criterios de horas de voluntariado activo y afiliación efectiva.

Parágrafo

Se autoriza al Gobierno nacional la asignación de partidas presupuestales necesarias para la implementación del programa, de acuerdo con los lineamientos de disponibilidad presupuestal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

Los recursos para el programa de qué trata el presente artículo podrán tener como destinación específica al Fondo Nacional de Bomberos y de la Subcuenta de Solidaridad Bomberil, y al presupuesto de funcionamiento de la Defensa Civil Colombiana, además de los aportes o donaciones que reciban de entidades públicas o privadas, conforme a la normatividad vigente.

Asimismo, el Gobierno nacional podrá gestionar fuentes alternativas de financiación desde el Presupuesto General de la Nación, Cooperación Internacional o las que se definan desde la autonomía territorial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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