Micelio

Artículo 3

El Ministerio De Desarrollo Económico Señalará En Cada Caso Las Condiciones Básicas Que Deben Cumplir Las Empresas De Los Sectores Sometidos Al Régimen De Ensamble Para Que Se Les Reconozca El Carácter De Tales Y Los Requisitos Que Deben Cumplir En Razón De Tal Calidad

Decreto 308 de 1985 · Por el cual se dictan disposiciones reglamentarias de la Industria de Ensamble

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Ministerio de Desarrollo Económico señalará en cada caso las condiciones básicas que deben cumplir las empresas de los sectores sometidos al régimen de ensamble para que se les reconozca el carácter de tales y los requisitos que deben cumplir en razón de tal calidad. Para determinar las condiciones básicas se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos

a)

Metas globales de producción;

b)

Porcentajes de integración de componentes nacionales que se aspire alcanzar;

c)

Criterios para determinar el incremento o la disminución del número de empresas en cada sector.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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