Micelio

Artículo 41

Liquidacion De Los Contratos

Resolucion 8 de 2000 · Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La liquidación de los contratos deberá realizarse en dólares de los Estados Unidos de América o en las monedas de reserva señaladas en el artículo 72 de esta Resolución y en las monedas legales de Venezuela y Ecuador

SECCION II.

DERIVADOS FINANCIEROS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Resolucion 8 de 2000