Micelio

Artículo 1

Desde La Fecha Del Presente Decreto, Los Trabajos De Exploraciones, Trazados Y Construcción De La Vía Popayán - Guapi Y De La Sección Popayán - Río Mayo Perteneciente A La Vía Nacional Del Suroeste, Estarán A Cargo Del Siguiente Personal, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Expresan: Un Ingeniero Director; Con $ 320 Un Ingeniero Primer Ayudante, Con 250 Un Ingeniero Segundo Ayudante, Con 160 Un Cajero Contador, Con 80

Decreto 532 de 1927 · Por el cual se reorganizan los trabajos de la vía Popayán-Guapí, y de la sección Popayán-Río Mayo, perteneciente a la vía nacional del Suroeste

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde la fecha del presente Decreto, los trabajos de exploraciones, trazados y construcción de la vía Popayán - Guapi y de la sección Popayán - Río Mayo perteneciente a la vía nacional del Suroeste, estarán a cargo del siguiente personal, con las asignaciones mensuales que se expresan: Un Ingeniero Director; con $ 320 Un Ingeniero primer Ayudante, con 250 Un Ingeniero segundo Ayudante, con 160 Un Cajero Contador, con 80

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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