° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones: MINISTERIO DE 0BRAS PUBLICAS Departamento de Obras Públicas. Capítulo 77 Utiles de escritorio y material para oficinas nacionales. Artículo 354. Para material y útiles de escritorio para oficinas nacionales $ 5,472 96 Artículo 354 A. Para proveer de papel y tinta á la Imprenta Nacional 911 Artículo 354 B. Para proveer de .textos y útiles de enseñanza á las escuelas primarias de la República, a los colegios y demás establecimientos oficiales de educación 3,517 61 Artículo 354 C. Para gastos de transporte de carga para el servicio oficial --- 1,675 51 11,577 08 Capítulo 76 Edificios nacionales. Artículo 355. Para reparación, conservación y aseo del Capitolio nacional y otros edificios nacionales $ 20,946 71 Capítulo 79 Gastos varios. Artículo 356. Para gastos extraordinarios imprevistos 20,212 74 Departamento de Fomento . Capítulo 81 Vías de comunicación y otros gastos de fomento. Artículo 363. Para construcción y conservación de caminos, carreteras y puentes -- $ 22,295 57 Artículo 369. Para la destruo de la langosta -- 7,766 76 Artículo 375. Para fomento de la agricultura-- 1,780 53 31,842 86 Total $ 84,579 39
Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que dé lugar el presente Decreto. Publíquese.