Micelio

Artículo 3

El Manejo De Los Fondos Correspondientes Al Aporte De La Nación Para La Conservación Y Embellecimiento De Los Monumentos Históricos De Cartagena, Continuará A Cargo Del Secretario Tesorero De La Sociedad De Mejoras Públicas De Dicha Ciudad

Decreto 1455 de 1946 · Por el cual se reglamentan los artículos 8° y 9° de la Ley 5ª de 1940

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 3° El manejo de los fondos correspondientes al aporte de la Nación para la conservación y embellecimiento de los monumentos históricos de Cartagena, continuará a cargo del Secretario Tesorero de la Sociedad de Mejoras Públicas de dicha ciudad. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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