Micelio

Artículo 5

Decreto 186 de 1958 · Que fija unas funciones en el Ministerio de Agricultura, y modifica la organización de uno de sus Departamentos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto . Son funciones propias del Comité de que trata el artículo anterior, las siguientes

a)

Elaborar los programas de investigación agropecuaria y el presupuesto, para ser sometidos a la aprobación del Ministro.

b)

Vigilar el normal desarrollo y efectividad de los programas acordados y su debida ejecución; e) Proponer al Ministro la creación de cargos y fijación de asignaciones; d) Proponer al Ministró candidatos para proveer los diferentes cargos; e) Proponer al Ministro el envío al Exterior de funcionarios técnicos, para efectos de especialización, y recomendar la fijación de viáticos y reconocimientos de pasajes a que haya lugar; f) Dictar los reglamentos de funcionamiento interno del Departamento; y g) Las demás que le confiera el Ministro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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