Micelio

Artículo 3

Ley 57 de 1958 · Por la cual se decreta la cooperación de la Nación en dos obras de las Diócesis de Duitama y Espinal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Ilustrísimos señores Obispos de Duitama y Espinal, no necesitaran otorgar fianzas para el manejo de los fondos que reciben y de que trata esta Ley, pero deberán rendir cuentas de la inversión a la Contraloría General de la Republica, por conducto de los Tesoreros o Síndicos de la respectiva Diócesis.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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