Micelio

Artículo 2

º

Decreto 369 de 1994 · por el cual se modifica la estructura y funciones del Instituto Nacional para Ciegos, INCI

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2 º. OBJETIVO Y COMPETENCIAS . El objetivo del Instituto Nacional para Ciegos, INCI, es la organización, planeación y ejecución de las políticas orientadas a obtener la rehabilitación, integración educativa, laboral y social de los limitados visuales, el bienestar social y cultural de los mismos; y la prevención de la ceguera. En desarrollo de su objetivo el INCI deberá coordinar acciones con los Ministerios de Educación, Salud Pública y Trabajo y Seguridad Social en las áreas de su competencia, y ejercerá las facultades de supervisión a las entidades de y para ciegos, sean éstas públicas o privadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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