Micelio

Artículo 3

Las Compañías Nacionales De Navegación Están Obligadas A Embarcar En Sus Buques, En Calidad De Aprendices, A Los Estudiantes De Marina Mercante, Para Efectuar Las Prácticas Indispensables Con El Fin De Completar Su Formación Profesional

Decreto 144 de 1951 · Por el cual se establecen los cursos para la preparación de los Oficiales de Marina Mercante

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las compañías nacionales de navegación están obligadas a embarcar en sus buques, en calidad de aprendices, a los estudiantes de Marina Mercante, para efectuar las prácticas indispensables con el fin de completar su formación profesional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 144 de 1951