Micelio

Artículo 19

Dirección De Acompañamiento Familiar Y Comunitario

Decreto 2559 de 2015 · por el cual se fusiona la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema (Anspe) y la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial (UACT) en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social y se modifica su estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario. Son funciones de la Dirección de Acompañamiento Familiar y Comunitario

1.

Implementar la estrategia de acompañamiento familiar y comunitario, en lo relacionado con la atención a la población en situación de pobreza y pobreza extrema y grupos vulnerables.

2.

Realizar y coordinar la implementación del esquema de acompañamiento familiar y comunitario, de los cogestores sociales en las dimensiones logísticas y temáticas, a nivel nacional, departamental y municipal.

3.

Ejecutar los mecanismos de articulación de la oferta social del Estado en el territorio, en coordinación con la Oficina de Gestión Regional y bajo los lineamientos de la Dirección de Gestión y Articulación de Oferta Social.

4.

Realizar el seguimiento a los procesos, productos y resultados del esquema de acompañamiento familiar y comunitario, por parte de los cogestores sociales, que permita generar alertas y oportunidades de mejora en el corto y mediano plazo, el cual deberá estar articulado con los procesos de supervisión a los operadores sociales.

5.

Difundir la información sobre los diferentes programas y servicios a la población objeto de atención del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

6.

Ejecutar los planes y proyectos que faciliten la participación comunitaria. Implementar acciones para fortalecer la capacidad institucional en el territorio, para la ejecución de la estrategia de acompañamiento familiar y comunitario a la población objeto de atención del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

7.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

8.

Las demás inherentes a las funciones y naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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