°. El Servicio Médico de los Ministerios elaborará la ficha clínica de cada empleado y llevará los registros de trabajo que le permitan producir la estadística de morbilidad y mortalidad del personal en la forma que se determinará en el reglamento especial. Cuando un empleado no acepte el Servicio Médico de los Ministerios, serán de su cargo los honorarios del médico que se los preste, pero las certificaciones de incapacidad solo se admitirán cuando sean expedidos por tal Servicio.
Decreto 250 de 1943 →Vigente
Artículo 8
El Servicio Médico De Los Ministerios Elaborará La Ficha Clínica De Cada Empleado Y Llevará Los Registros De Trabajo Que Le Permitan Producir La Estadística De Morbilidad Y Mortalidad Del Personal En La Forma Que Se Determinará En El Reglamento Especial
Decreto 250 de 1943 · Por el cual se reglamenta el Servcio Médico de los Ministerios y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.