En las cabeceras de los Circuitos del Guamo e Ibagué habrá tres Jueces; en cada una de las de Honda y Ambalema habrá dos, y en las de los demás Circuitos enumerados en el artículo anterior habrá un Juez únicamente.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.