Micelio

Artículo 30

Subdirección De Familias Y Comunidades

Decreto 1430 de 2025 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Familias y Comunidades . Son funciones de la Subdirección de Familias y Comunidades, las siguientes

1.

Gestionar el diseño, implementación y seguimiento de las políticas, planes, programas, servicios y proyectos relativos al buen vivir de las familias y comunidades asociados con la atención del ICBF.

2.

Adelantar análisis que permitan comprender las características y situaciones de las familias y comunidades.

3.

Diseñar y ajustar los modelos de acompañamiento a las familias y comunidades, a partir de la definición de esquemas operativos y técnicos que sean pertinentes, idóneos y coherentes con los intereses o necesidades de los sistemas familiares y comunitarios.

4.

Articular y desarrollar espacios de fortalecimiento técnico y comunidades de aprendizaje con las Direcciones Regionales, Centros Zonales, entidades territoriales y prestadores de servicios, a partir de los referentes técnicos, paradigmas conceptuales y metodológicos que sustentan las acciones de la dirección.

5.

Diseñar e implementar acciones y estrategias que promuevan la gestión del conocimiento en temas relacionados con familias y comunidades, de conformidad con los lineamientos institucionales.

6.

Diseñar e implementar procesos de formación pertinentes con la diversidad social, étnica y cultural de las familias y comunidades para la promoción de derechos y prevención de situaciones que afecten el buen vivir.

7.

Articular y coordinar con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, las acciones para la atención o acompañamiento a las familias y comunidades.

8.

Coordinar con la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, la articulación con los entes territoriales, autoridades étnicas y campesinas y otros actores para la vinculación y permanencia de las familias y comunidades, para el acceso a los servicios.

9.

Analizar, gestionar y hacer seguimiento a la información asociada con los servicios y modalidades para familias y comunidades.

10.

Revisar, establecer y mantener actualizados, los aspectos jurídicos, administrativos, financieros, técnicos y tácticos de las políticas, planes, programas, servicios y proyectos relativos a las familias y comunidades asociadas con la gestión del ICBF.

11.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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