Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control del Sistema General de Regalías. Una vez acreditado el pago del anticipo por parte de la persona jurídica ante la Agencia Nacional de Minería o la Agencia Nacional de Hidrocarburos, según corresponda, la obra de infraestructura podrá ser objeto del componente de evaluación, así como de los Órganos de Control y de la Fiscalía General de la Nación.
Decreto 1821 de 2020 →Vigente
Artículo 1.2.7.2.12
Sistema De Seguimiento, Evaluación Y Control Del Sistema General De Regalías
Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.