Micelio

Artículo 3

En Los Niveles Sectoriales Y Local Regionalizado De La Organización Básica Para La Dirección Del Sistema Nacional De Salud, Existirán Mecanismos Formales Para El Cumplimiento De Las Normas Que Determine El Ministerio De Salud Pública Y Serán El Medio De Enlace Para La Coordinación Y Compatibilidad De Los Planes Y Programas Intersectoriales A Cada Nivel

Decreto 705 de 1974 · Por el cual se establece el Subsistema Nacional de Planeación del Sistema Nacional de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En los niveles sectoriales y local regionalizado de la Organización Básica para la Dirección del Sistema Nacional de Salud, existirán mecanismos formales para el cumplimiento de las normas que determine el Ministerio de Salud Pública y serán el medio de enlace para la coordinación y compatibilidad de los planes y programas intersectoriales a cada nivel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 705 de 1974