El Poder Ejecutivo podrá decretar también la creación de Juzgados de Menores en las capitales de los demás Departamentos cuando se haya estudiado y visto que dan resultados convenientes los que por esta Ley se establecen.
Ley 98 de 1920 →Vigente
Artículo 31
Ley 98 de 1920 · por la cual se crean Juzgados y casas de reforma y corrección para menores.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.