Traslado y contradicción del dictamen y avalúo. Del dictamen de los peritos y el resultado del avalúo de las mejoras se dará traslado a los interesados y al Procurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios por el término de tres (3) días hábiles, quienes podrán solicitar que se aclare o complemente, u objetarlo por error grave, precisando los motivos y las pruebas en que funden su apreciación. Cuando la solicitud de los interesados requiera una visita al inmueble, los gastos que esta demande serán sufragados por aquellos.
Del resultado de estas actuaciones o del nuevo dictamen que se practique, se dará traslado a los interesados por tres (3) días, vencidos los cuales se entrará a resolver el procedimiento.
(Decreto número 1465 de 2013, artículo 65)