En el contrato que se celebre en virtud de esta Ley se estipulará que los productos netos de la empresa, deducidos los gastos de administración, los cuales no podrán exceder de quince mil pesos ($ 15,000) anuales, y los de sostenimiento, se destinarán á cubrir los intereses y la cuota de amortización de que se ha hablado; y para el caso de que dichos productos no alcanzaren para ese objeto, se faculta al Gobierno para comprometer, subsidiariamente, con el mismo fin, hasta dos unidades del producto de la Aduana de Barranquilla.
Ley 29 de 1909 →Vigente
Artículo 5
Ley 29 de 1909 · por la cual se faculta al Gobierno para contratar la apertura de las Bocas de Ceniza y garantizar interés sobre el costo de dicha obra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.