º . Convocatoria para provisión de vacantes. La convocatoria para un concurso de ingreso al servicio educativo estatal solo podrá realizarse semestralmente cuando el Ministerio de Educación Nacional fije el cronograma de pruebas de aptitudes, de competencias básicas y psicotécnicas que diseñará, adoptará y aplicará el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.13 del artículo 3º del Decreto 2232 de 2003. La convocatoria será elaborada por la autoridad nominadora de cada entidad territorial certificada mediante invitación pública a quienes reúnan requisitos para el ejercicio de la docencia con el fin de proveer cargos vacantes de la planta de personal del servicio estatal en su jurisdicción. El acto administrativo de la convocatoria deberá contener los aspectos reguladores del concurso, y sus normas son de obligatorio cumplimiento tanto para la entidad convocante como para los aspirantes. La convocatoria debe contener al menos la siguiente información
Fecha de fijación;
Número de cargos que serán provistos, niveles y áreas;
Requisitos exigidos para cada uno de los cargos;
Pruebas que serán aplicadas, su valoración absoluta y relativa;
Calendario de realización del concurso;
Firma del jefe de la entidad territorial o su delegado para convocar. La entidad territorial certificada hará divulgación de la convocatoria a concursos a través de medios masivos de comunicación y de otros mecanismos idóneos para garantizar su difusión. Además, fijará copia de la convocatoria en un lugar público y visible de la Secretaría de Educación. El departamento fijará copia de la convocatoria en todas las alcaldías de su territorio y el distrito en las localidades. En todo caso solo se podrá convocar a concurso de ingreso al servicio previa la disponibilidad presupuestal para el cargo o los cargos a proveer.